Jurisprudencia · Tribunal de Justicia de la UE · 15 de octubre de 2026

STJUE C-70/25 (Tukowiecka): el banco devuelve primero, reclama después

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dejado claro que, cuando hay una operación no autorizada, el banco debe reembolsar de inmediato. Si cree que el cliente fue negligente, puede reclamar después, pero la devolución no espera.

Revisado por José Manuel Domínguez González · Colegiado n.º 137.813 ICAM · Actualizado el 3 de noviembre de 2026

Datos de la sentencia

ÓrganoTribunal de Justicia de la Unión Europea
AsuntoC-70/25
NombreTukowiecka
Fecha15 de octubre de 2026
ECLIECLI:EU:C:2026:852
TipoCuestión prejudicial (art. 267 TFUE)
Norma interpretadaArts. 73 y 74 de la Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2)

Qué ocurrió

Un tribunal nacional planteó al TJUE si el banco puede negarse a devolver el dinero de una operación no autorizada cuando cree que el cliente fue gravemente negligente.

En otras palabras: ¿la alegación de negligencia grave del usuario permite al banco retener el dinero mientras investiga, o tiene que devolver primero?

Qué resolvió el TJUE

El Tribunal fue claro:

  • El reembolso es inmediato e incondicional. El art. 73 de la PSD2 (traspuesto en el art. 45.1 del RDL 19/2018) obliga al banco a devolver sin demora, como máximo al final del día hábil siguiente.
  • La negligencia grave no suspende la devolución. Si el banco cree que el cliente fue negligente, puede reclamar después al amparo del art. 74 de la PSD2 (art. 46 del RDL 19/2018), pero no puede usar esa alegación para retener el dinero.
  • El orden importa. Primero devuelve, después reclama. No al revés.

Por qué importa esta sentencia

  • Acaba con la práctica bancaria más habitual. Hasta ahora, muchos bancos se negaban a devolver alegando negligencia del cliente y forzaban al usuario a litigar para recuperar su dinero. Esta sentencia invierte la dinámica.
  • Es vinculante en toda la UE. Los tribunales españoles deben aplicar esta interpretación.
  • Complementa la STS 571/2025. Si el Supremo ya dijo que el banco debe probar la negligencia grave, el TJUE añade que ni siquiera esa alegación le permite retener el dinero mientras tanto.

Cómo afecta a tu caso

  • Si el banco te ha dicho que no te devuelve porque «fuiste negligente», esta sentencia le obliga a devolver primero y reclamar después.
  • Si estás en juicio, es un argumento de peso para pedir el reembolso inmediato.
  • Si aún no has reclamado, tu posición es más fuerte que nunca.

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Fuentes

  • STJUE de 15-10-2026, C-70/25, Tukowiecka. ECLI:EU:C:2026:852.
  • Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2): arts. 73 y 74.
  • RDL 19/2018: arts. 45.1 y 46. Fuente: BOE consolidado (BOE-A-2018-16036).
  • STS 571/2025, de 9-4-2025. ECLI:ES:TS:2025:1671.
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