Jurisprudencia · Tribunal Supremo · 9 de abril de 2025
STS 571/2025: el Tribunal Supremo confirma que el banco responde del fraude bancario
El Tribunal Supremo desestimó el recurso de Ibercaja y confirmó la condena a devolver el dinero sustraído a una cliente mediante fraude. Esta sentencia consolida la línea de protección al usuario de servicios de pago.
Datos de la sentencia
| Órgano | Tribunal Supremo, Sala 1.ª (Civil) |
| Número | 571/2025 |
| Fecha | 9 de abril de 2025 |
| Recurso | 1151/2023 |
| ROJ | STS 1671/2025 |
| ECLI | ECLI:ES:TS:2025:1671 |
| Resolución recurrida | SAP Zaragoza (Sección 5.ª) 996/2022, de 17-11-2022 |
| Resultado | Desestimación del recurso de casación, con costas |
Qué ocurrió
Una clienta de Ibercaja fue víctima de un fraude bancario. El banco se negó a devolver el dinero alegando que la clienta había facilitado sus credenciales. El Juzgado de Primera Instancia y la Audiencia Provincial de Zaragoza condenaron al banco a la devolución íntegra.
Ibercaja recurrió en casación ante el Tribunal Supremo.
Qué resolvió el Supremo
El Tribunal Supremo desestimó íntegramente el recurso y confirmó la condena al banco, con imposición de costas.
Los puntos clave de la sentencia:
- El banco tiene la carga de probar la negligencia grave del usuario (art. 44.3 RDL 19/2018). No basta con afirmarla.
- El registro de uso de credenciales no prueba autorización (art. 44.2 RDL 19/2018).
- La obligación de devolución inmediata es clara (art. 45.1 RDL 19/2018).
- La sofisticación del engaño se valora. Cuando el fraude es convincente, la conducta del usuario no alcanza el umbral de negligencia grave.
Por qué importa esta sentencia
Es la primera sentencia del Tribunal Supremo que aborda de forma directa la responsabilidad del banco en un caso de fraude bancario electrónico bajo el régimen del RDL 19/2018.
- Fija doctrina. Al ser del Tribunal Supremo, vincula a los tribunales inferiores y unifica la interpretación.
- Cierra la vía del banco. Si el argumento de la negligencia grave no prosperó aquí, los bancos lo tienen más difícil para usarlo como excusa genérica.
- Refuerza todas las reclamaciones en curso. Cualquier caso pendiente de resolución se beneficia de esta línea jurisprudencial.
Cómo afecta a tu caso
Si te han robado dinero de la cuenta y el banco se niega a devolverlo:
- La STS 571/2025 refuerza tu posición en la reclamación extrajudicial y en un eventual juicio.
- El banco ya no puede limitarse a decir «fuiste negligente»: tiene que probarlo, y el Supremo ha puesto el listón alto.
- Si tu caso llega a juicio, esta sentencia es un precedente directo.
Fuentes
- STS 571/2025, de 9-4-2025, rec. 1151/2023. ROJ: STS 1671/2025. ECLI:ES:TS:2025:1671.
- SAP Zaragoza (Sec. 5.ª) 996/2022, de 17-11-2022.
- RDL 19/2018: arts. 44.2, 44.3, 45.1. Fuente: BOE consolidado (BOE-A-2018-16036).