STS 3137/2021
Datos de la resolución
Extracto de la sentencia
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 9 de marzo de 2018, el Juzgado de lo Social nº 2 de Almería, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que estimando la demanda interpuesta por Doña Marina frente a la 1 JURISPRUDENCIA Consejería de Educación de la Junta de Andalucía DECLARO que la relación laboral que une a las partes es de carácter indefinida no fija, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración con las consecuencias legales inherentes.". SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como hechos probados se declaran los siguientes: "PRIMERO- La actora, Doña Marina , mayor de edad, con DNI núm. NUM000 ha venido prestando sus servicios para la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en el centro de trabajo Residencia Escolar…
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