Calculadora de pensión compensatoria por divorcio

Calculadora de pensión compensatoria por divorcio: estima su cuantía y duración. Calculadora orientativa, no vinculante. ¡Prueba nuestra herramienta!
calculadora pensión compensatoria
Comparte:

Calculadora Pensión Compensatoria

Factores Correctores

¿Cómo funciona la calculadora de pensión compensatoria?

Esta calculadora de pensión compensatoria está hecha con la única intención de arrojar algo de luz a uno de los principales puntos oscuros de los procesos de divorcio en España. En De Alvear, tras años de experiencia, hemos comprobado que las tablas orientativas están muy bien, pero que hace falta una herramienta más potente. De nuevo, es pertinente decir que esta calculadora es una linterna -potente, eso sí- que alumbra un cálculo que, al final, debe ser o consensuado por las partes o impuesto por un juez.

A nivel teórico, la pensión compensatoria tiene su razón de ser en el artículo 97 del Código Civil, el cual nos dice lo siguiente:

El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.

A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:

1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.

2.ª La edad y el estado de salud.

3.ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.

4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.

5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.

6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.

8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.

9.ª Cualquier otra circunstancia relevante.

En la resolución judicial o en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o el Notario se fijarán la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad.

Tal y como puede comprobarse, el Código Civil se limita a citar factores, siendo que algunos podrían chocar con la pensión de alimentos (tema discutible y debatible), o con el ingreso mínimo vital o con cualquier otra prestación que sea responsabilidad de la administración y no de un ex cónyuge.

Nuestra calculadora tiene en cuenta algunos de estos factores y los aplica de tal manera que permitan calcular tanto un importe mensual aproximado como un número mínimo de meses de percepción de la pensión compensatoria. No se han incluido todos, uno a uno, porque en muchas ocasiones se pisan los unos a los otros.

En todo caso, el resultado que se obtenga de esta calculadora debe ser siempre interpretado, criticado, corregido y, en definitiva, ajustado a  la realidad del caso concreto.

En el FAQ te explicaremos cómo funciona, porque la calculadora no es mágica, sino que se basa en los ingresos de cada ex cónyuge, en el tiempo de convivencia y después en una serie de factores correctores. Finalmente también se le aplican algunos factores independientes que se explican en último lugar y que buscan bien mejorar o limitar la pensión, bien respetar al pagador que necesita un dinero mínimo para vivir.

A modo de resumen, es preciso tener en cuenta lo siguiente para entender cómo funciona la calcudadora.

  • Para calcular el importe mensual de la pensión lo más importante es la diferencia de ingresos entre las partes.
  • Para calcular la extensión temporal lo más importante es el tiempo de convivencia de la pareja.
  • El importe mensual se corrige a más o a menos según una serie de factores universales.
  • El importe mensual se limita o se aumenta en función a dos variables relacionadas con el SMI.
Cálculo del importe base y de la duración

Esta calculadora de pensión compensatoria realiza los siguientes cálculos:

  • Importa base mensual.
  • Duración de la pensión.
  • Factores correctores sobre el importe base mensual.
  • Factores limitantes sobre el resultado corregido.

Organización del cálculo:

1.- Importe base:

- Fórmula inicial:
\[
\text{Importe base mensual} = \max(0, \text{Ingresos Cónyuge B} - \text{Ingresos Cónyuge A}) \times R
\]
donde \( R \) es un coeficiente a determinar por los factores correctores (se ajustará en una etapa posterior).

Acto seguido, como factor lógico la diferencia se divide entre dos para evitar un efecto saqueo. A tal efecto, hay que tener desde ya en cuenta que la aplicación de los factores correctores pueden hacer que el importe inicial tenga un ajuste positivo del 95,45 %, por lo que de facto la pensión a recibir puede llegar a ser prácticamente la diferencia entre ingresos.

2.- Duración temporal:

- Se calcula como un porcentaje del tiempo de convivencia.

- La fórmula:
\[
\text{Duración (meses)} = \text{Tiempo de convivencia (meses)} \times P
\]
donde \( P \) es el porcentaje según el tramo correspondiente.

3.- Tabla progresiva de tramos:

| Tiempo de convivencia (años) | Porcentaje (%) |
|-------------------------------|----------------|
| 0 - 1 | 4 |
| 2 - 3 | 8 |
| 4 - 6 | 16 |
| 7 - 9 | 26 |
| 10 - 12 | 32 |
| 13 - 15 | 38 |
| 16 - 18 | 45 |
| 19 - 21 | 52 |
| 22 - 24 | 60 |
| 25 - 27 | 75 |
| 28 - 29 | 90 |
| 30 o más | 100 |

La edad de los cónyuges es uno de los primeros factores que se tienen en cuenta. Así, según la edad se aplica un porcentaje en función de su facilidad para tener ingresos. Ojo porque a mayor edad, más cerca se está de la pensión aunque sea no contributiva. Del mismo modo, con esta fórmula evitamos que el factor años de convivencia interfiera en la pensión compensatoria, ¿por qué? Porque este factor se aplicará a través de la edad (la lógica general es que a mayor edad, más años juntos) y de la dedicación al hogar, dos factores más precisos para calcular términos económicos por ser más fácilmente ligables al mercado laboral y su lógica.

Factor Edad del Solicitante

Se aplicará según la tabla proporcionada, ajustando el importe base mensual mediante un multiplicador (\( F_\text{edadA} \)) que refleja las posibilidades de rehacer su vida en función de la edad del solicitante.

Tramos de edad y factor corrector

El factor corrector se aplicará como un multiplicador (\( F_\text{edad} \)) al importe base mensual. Propuesta para los tramos:

| Edad del solicitante | Multiplicador (\( F_\text{edad} \)) | Descripción |
|-----------------------|-------------------------------------|-------------|
| 16 - 20 | 0.85 | Joven, altas posibilidades de rehacer su vida. |
| 21 - 25 | 0.90 | Menores cargas, inicio de independencia. |
| 26 - 30 | 0.95 | Progresión inicial hacia estabilidad. |
| 31 - 35 | 1.00 | Edad adulta, equilibrio básico. |
| 36 - 40 | 1.05 | Aumento por menor flexibilidad laboral. |
| 41 - 45 | 1.10 | Más difícil rehacer vida profesional y personal. |
| 46 - 50 | 1.15 | Incremento máximo por dificultades en el mercado laboral. |
| 51 - 60 | 1.15 | Factor estabilizado en este rango. |
| 61 - 65 | 1.10 | Reducción ligera, acercándose a pensión. |
| 66 - 70 | 1.05 | Progresión regresiva moderada. |
| Más de 70 | 1.00 | Reajuste final por ingresos asegurados. |

Aplicación a la fórmula del importe base

El factor corrector ajustará el importe base mensual según la edad del cónyuge solicitante:

1. Calculamos el importe base inicial:
\[
\text{Importe base mensual} = \max(0, \text{Ingresos Cónyuge B} - \text{Ingresos Cónyuge A}) \times R
\]

2. Aplicamos el factor corrector de edad:
\[
\text{Importe base ajustado} = \text{Importe base mensual} \times F_\text{edad}
\]

Donde \( F_\text{edad} \) se selecciona de la tabla anterior según la edad del solicitante.

Factor Edad del Pagador

Se define un nuevo multiplicador (\( F_\text{edadB} \)) que:

1. **Inversa lógica al solicitante**: Cuanto más joven sea el pagador, mayor será su capacidad para generar ingresos futuros, por lo que el importe de la pensión aumenta.
2. **Peso reducido al 50%**: La incidencia será menor que la del solicitante.

Tabla del Factor Edad del Pagador

| Edad del pagador | Multiplicador (\( F_\text{edadB} \)) | Descripción |
|------------------|--------------------------------------|------------------------------------------------|
| 16 - 20 | 1.08 | Joven, altas posibilidades de rehacer su vida. |
| 21 - 25 | 1.04 | Capacidad de generar ingresos futuros alta. |
| 26 - 30 | 1.02 | Inicio de estabilidad profesional. |
| 31 - 35 | 1.00 | Equilibrio básico. |
| 36 - 40 | 0.98 | Ligera reducción por menor flexibilidad. |
| 41 - 45 | 0.96 | Reducción moderada. |
| 46 - 50 | 0.94 | Reducción máxima por menor capacidad futura. |
| 51 - 60 | 0.94 | Factor estabilizado en este rango. |
| 61 - 65 | 0.96 | Ajuste positivo moderado por cercanía a pensión. |
| 66 - 70 | 0.98 | Progresión ligera positiva. |
| Más de 70 | 1.00 | Reajuste final, sin impacto adicional. |

Fórmula de ajuste

1. **Ajuste del solicitante (edad)**:
\[
\text{Importe base ajustado solicitante} = \text{Importe base mensual} \times F_\text{edadA}
\]

2. **Ajuste del pagador (edad)**:
\[
\text{Importe base ajustado pagador} = \text{Importe base ajustado solicitante} \times F_\text{edadB}
\]

El resultado final considera ambos factores de forma acumulativa.

La dedicación al hogar es uno de los factores claves y  beneficiará a quienes se hayan dedicado más al hogar, penalizando levemente a quienes tengan una dedicación baja.

Niveles del Factor 2: Dedicación al hogar

| Nivel de dedicación | Multiplicador (\( F_\text{hogar} \)) | Descripción |
|----------------------|--------------------------------------|-------------|
| Exclusiva | 1.25 | Dedicación completa al hogar (sin actividad profesional). |
| Alta | 1.15 | Dedicación mayoritaria al hogar con alguna actividad profesional esporádica. |
| Media | 1.05 | Equilibrio entre dedicación al hogar y actividad profesional. |
| Baja | 0.90 | Escasa dedicación al hogar (prioridad profesional). |

Criterios para determinar el nivel de dedicación

1.- Exclusiva (1.25):

  • El solicitante ha dedicado su tiempo al hogar y cuidado de la familia de forma exclusiva durante la mayor parte del matrimonio.
  • Sin ingresos propios o actividad profesional significativa.

2.- Alta (1.15):

  • El solicitante ha dedicado más del 70% de su tiempo al hogar, aunque ha tenido algún ingreso o trabajo esporádico.
  • Ejemplo: trabajos a tiempo parcial o intermitentes.

3.- Media (1.05):

  • Dedicación equilibrada entre hogar y empleo, con un reparto aproximado del 50% de tiempo y recursos.
  • Ejemplo: jornada laboral reducida para cuidar del hogar.

4.- Baja (0.90):

  • Prioridad en la actividad profesional sobre el hogar.
  • Escasa o nula dedicación al cuidado del hogar o familia.

Aplicación originaria del Factor 2 a la fórmula 

1. Calculamos el importe base inicial ajustado con el **Factor 1**:
\[
\text{Importe base ajustado 1} = \text{Importe base mensual} \times F_\text{edad}
\]

2. Aplicamos el **Factor 2**:
\[
\text{Importe base ajustado 2} = \text{Importe base ajustado 1} \times F_\text{hogar}
\]

Donde \( F_\text{hogar} \) corresponde al multiplicador según el nivel de dedicación.

Lógica Ajustada del Factor de Dedicación al Hogar

Para evitar distorsiones y ser más justos, se tiene también en cuenta la dedicación del potencial pagador.

1.- Cónyuge A (Solicitante):

El multiplicador aumenta el importe base según su dedicación al hogar.

Valores: \( 1.25, 1.15, 1.05, 0.90 \).

2.- Cónyuge B (Pagador):

  • El multiplicador debe actuar como un atenuante y reducir proporcionalmente el importe base.
  • Valores ajustados inversamente: \( 0.80, 0.90, 0.95, 1.00 \).

3.- Interacción entre los factores:

  • El factor del Cónyuge B se aplica de manera que nunca aumente el importe base, siempre lo reduce o lo deja igual.
  • La fórmula se calcula aplicando primero el factor del Cónyuge A y luego ajustando con el factor del Cónyuge B.

Nueva Fórmula

1.- Aplicamos el multiplicador del Cónyuge A (Solicitante):

\[
\text{Importe ajustado por hogar A} = \text{Importe base} \times F_\text{hogarA}
\]

2.- Ajustamos con el multiplicador del Cónyuge B (Pagador):
\[
\text{Importe final} = \text{Importe ajustado por hogar A} \times F_\text{hogarB}
\]

Este factor busca ajustar el importe base teniendo en cuenta las situaciones de seguridad económica de ambos cónyuges, y su aplicación dependerá de la diferencia en los niveles de seguridad entre el solicitante y el pagador. En tal sentido, no es lo mismo ser funcionario que trabajador temporal. No es lo mismo tener un puesto ejecutivo que uno más normal. No es lo mismo ser rentista que trabajar por temporadas en la hostelería.

1. Definición de los niveles de seguridad:

Cada nivel tendrá un multiplicador que se aplicará de forma diferencial según la comparación entre los cónyuges.

| Nivel de seguridad | Multiplicador (\( F_\text{seguridad} \)) | Descripción |
|---------------------|-----------------------------------------|-------------|
| Bajo | 1.10 | Contrato temporal, ingresos inestables, alta incertidumbre económica. |
| Medio | 1.05 | Contrato indefinido sin privilegios, ingresos moderados. |
| Alto | 1.00 | Funcionario o contrato indefinido con seguridad laboral destacable. |
| Muy alto | 0.90 | Rentas aseguradas, ingresos pasivos elevados, o situación económica privilegiada. |

2. Cálculo de la diferencia de seguridad entre los cónyuges:

- Identificamos \( F_\text{seguridadA} \) (solicitante) y \( F_\text{seguridadB} \) (pagador).
- Calculamos un ajuste diferencial:
\[
\Delta F_\text{seguridad} = F_\text{seguridadA} - F_\text{seguridadB}
\]

3. Aplicación del ajuste al importe base:

- Si \( \Delta F_\text{seguridad} > 0 \): aumenta el importe ajustado (beneficia al solicitante).
- Si \( \Delta F_\text{seguridad} = 0 \): el factor no afecta al importe (situación equilibrada).
- Si \( \Delta F_\text{seguridad} < 0 \): reduce el importe ajustado (penaliza al solicitante).
- La fórmula final para este factor sería:
\[
\text{Importe base ajustado 3} = \text{Importe base ajustado 2} \times (1 + \Delta F_\text{seguridad})
\]

El factor 4 sobre el estado de salud ajustará el importe base dependiendo de las condiciones de salud de ambos cónyuges, de acuerdo con las siguientes reglas:

1.- Condiciones iniciales

  • Bueno: se asume que la persona tiene capacidad plena para trabajar y rehacer su vida.
  • Malo: se asume que la persona tiene limitaciones significativas que afectan su capacidad de ingresos y estabilidad económica.

2.- Ponderación

  • Si ambos cónyuges tienen el mismo estado de salud (bueno o malo), el ajuste será nulo (\( 0 \)).
  • Si uno tiene un estado malo y el otro bueno, el ajuste favorece al cónyuge en peor estado de salud:
  • Solicitante (A) malo y Pagador (B) bueno: suma al importe del solicitante.
  • Solicitante (A) bueno y Pagador (B) malo: resta al importe del solicitante.

Aplicación del Factor 4

Para este factor, establecemos un multiplicador \( F_\text{salud} \) que se aplica al importe base ajustado. Las combinaciones posibles son:

| Estado de salud del solicitante (A) | Estado de salud del pagador (B) | Ajuste (\( \Delta F_\text{salud} \)) |
|-------------------------------------|---------------------------------|------------------------------------|
| Bueno | Bueno | 0 |
| Malo | Malo | 0 |
| Malo | Bueno | +0.15 |
| Bueno | Malo | -0.15 |

Fórmula del Factor 4

1.- Determinamos los estados de salud del solicitante (\( S_A \)) y del pagador (\( S_B \)):

\( S_A = 1.15 \) si es malo, \( S_A = 1.00 \) si es bueno.

\( S_B = 1.15 \) si es malo, \( S_B = 1.00 \) si es bueno.

2.- Calculamos la diferencia:

\[
\Delta F_\text{salud} = S_A - S_B
\]

3.- Ajustamos el importe base ajustado previamente:

\[
\text{Importe base ajustado 4} = \text{Importe base ajustado 3} \times (1 + \Delta F_\text{salud})
\]

El factor 5 sobre la vivienda y cargas asociadas se basa en las obligaciones económicas de ambos cónyuges relacionadas con la vivienda. Su objetivo es ajustar el importe de la pensión teniendo en cuenta si alguno de los cónyuges tiene vivienda en propiedad libre de cargas o si paga una renta o hipoteca. Habida cuenta de la crisis que azota a España en lo relativo a este factor se ha decidido que tenga un peso relativamente importante.

Este factor contempla las siguientes combinaciones:

Escenarios del Factor 5

| Situación del solicitante (A) | Situación del pagador (B) | Ajuste (\( \Delta F_\text{vivienda} \)) | Descripción |
|-------------------------------|---------------------------|-----------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------|
| Paga renta o hipoteca | Paga renta o hipoteca | 0 | Ambos tienen cargas similares, no se ajusta el importe. |
| No paga renta ni hipoteca | No paga renta ni hipoteca | 0 | Ambos tienen viviendas libres de cargas, no se ajusta el importe. |
| Paga renta o hipoteca | No paga renta ni hipoteca | +0.20 | El solicitante tiene cargas adicionales y el pagador no, se incrementa. |
| No paga renta ni hipoteca | Paga renta o hipoteca | -0.20 | El solicitante no tiene cargas, pero el pagador sí, se reduce el importe. |

Lógica del Factor 5

1.- Solicitante (A):

  • Si vive en una vivienda en **propiedad libre de cargas**, su situación económica mejora, por lo que **restará** al importe de la pensión.
  • Si vive de **alquiler** o paga una **hipoteca**, su situación es más vulnerable, por lo que **sumará** al importe de la pensión.

2.- Pagador (B):

  • Si tiene una vivienda en **propiedad libre de cargas**, su capacidad económica es mayor, por lo que **sumará** al importe de la pensión.
  • Si vive de **alquiler** o paga una **hipoteca**, su capacidad económica es menor, lo que **restará** al importe de la pensión.

Fórmula del Factor 5

1.- Determinamos las cargas de cada cónyuge:

  • \( V_A \): \( 1.20 \) si el solicitante (A) paga renta o hipoteca, \( 1.00 \) si no paga.
  • \( V_B \): \( 1.20 \) si el pagador (B) paga renta o hipoteca, \( 1.00 \) si no paga.

2.- Calculamos la diferencia:

\[
\Delta F_\text{vivienda} = (V_A - 1.00) - (V_B - 1.00)
\]

3.- Ajustamos el importe base:
\[
\text{Importe base ajustado 5} = \text{Importe base ajustado 4} \times (1 + \Delta F_\text{vivienda})
\]

El factor 6: menores a cargo ajustará el importe de la pensión considerando la existencia de menores, la custodia y el número de hijos, con una incidencia moderada o baja. ¿Por qué una incidencia baja o moderada? Porque se presume la existencia de una pensión por alimentos que en ningún caso debe ser sustituida por la pensión compensatoria.

Entonces... ¿por qué se tiene en cuenta? Porque entendemos que los menores tienen un coste fijo que no se puede calcular fácilmente que puede llegar incluso al plano de lo moral. Con esta fórmula que tiene un incremento decreciente, se le intenta dar valor económico a este coste fijo.

¿Por qué tienen incidencia en los casos de custodia compartida? Se tiene en cuenta porque hay casi tantas custodias compartidas como padres y se entiende que la parte menos pudiente, incluso en el caso de la compartida, debe ser tenida en cuenta.

Aquí está el desglose estructurado:

1.- Existencia de menores

  • Si no hay menores, el ajuste será nulo (\( \Delta F_\text{menores} = 0 \)).
  • Si hay menores, el ajuste dependerá de:
  • La custodia (compartida, exclusiva a favor del solicitante, exclusiva a favor del pagador).
  • El número de menores.

2.-Custodia

  • Compartida: Ajuste bajísimo (\( +0.02 \) al importe del solicitante).
  • Exclusiva para el solicitante (A): Suma (\( +0.05 \) ajustado según el número de menores).
  • Exclusiva para el pagador (B): Resta (\( -0.05 \) ajustado según el número de menores).

3.- Peso decreciente por número de menores

El porcentaje agregado disminuye progresivamente con cada hijo, siguiendo esta lógica:

  • 1 hijo: \( +5\% \)
  • 2 hijos: \( +7,5\% \) (incremento agregado de \( +2,5\% \)).
  • 3 hijos: \( +9\% \) (incremento agregado de \( +1,5\% \)).
  • 4 hijos: \( +10\% \) (incremento agregado de \( +1\% \)).

El incremento adicional por hijo disminuye progresivamente.

Fórmula del Factor 6

1.- Determinamos la custodia (\( C \)):

  • \( C = 0.02 \) para custodia compartida.
  • \( C = +0.05 \) para custodia exclusiva a favor del solicitante.
  • \( C = -0.05 \) para custodia exclusiva a favor del pagador.

2.- Calculamos el peso por número de menores (\( N \)):

Usamos una fórmula de progresión decreciente:
\[
P_\text{menores} = 5 + 2.5 \times \min(1, N - 1) + 1.5 \times \min(1, N - 2) + 1 \times \max(0, N - 3)
\]
donde \( N \) es el número de menores.

3.- Calculamos el ajuste total:

\[
\Delta F_\text{menores} = C \times \frac{P_\text{menores}}{100}
\]

4.- Ajustamos el importe base:

\[
\text{Importe base ajustado 6} = \text{Importe base ajustado 5} \times (1 + \Delta F_\text{menores})
\]

Este factor limitador basado en el SMI se aplica al final del cálculo, tras determinar el importe base y aplicar los demás factores correctores. Se enfoca en:

  1. Reducir excesos progresivamente en relación con fracciones del SMI, con mayor incidencia en los importes altos.
  2. Aumentar mínimos insuficientes de forma progresiva, con menor impacto para importes bajos.

La idea que subyace tras este factor es que la pensión compensatoria no puede sustituir el papel del estado ni el del ingreso mínimo vital. Si la base de esta fórmula es económica porque su finalidad es la de que el cónyuge menos favorecido tenga un periodo de adaptación, no podemos obviar que en ocasiones pueden darse situaciones disparatadas que acaben arruinando a uno de los cónyuges. Por tanto, tomando como base el importe del SMI de 2024, se ha establecido una fórmula que limita o que aumenta la pensión en función del SMI, que es un importe objetivo o que al menos puede usarse de tal manera.

Progresión ajustada para el SMI

1.- Referencias del SMI (2024, 1.080 € en 12 pagas):

  • Mitad del SMI: \( \frac{\text{SMI}}{2} = 540 \, \text{€} \).
  • Tres cuartos del SMI: \( \frac{3 \cdot \text{SMI}}{4} = 810 \, \text{€} \).
  • SMI completo: \( 1.080 \, \text{€} \).
  • 1.25x SMI: \( 1.350 \, \text{€} \).
  • 1.5x SMI: \( 1.620 \, \text{€} \).
  • 2x SMI: \( 2.160 \, \text{€} \).
  • Más allá de 2.5x SMI: \( 2.700 \, \text{€} \).

Tramos y ajustes

Importes bajos

1.- Menos de 1/2 del SMI (\( <540 \, €\)):

  • Aumentar el importe un +10%.

2.- Entre 1/2 y 3/4 del SMI (\( 540 - 810 \, €\))**:

  • No hay ajuste (\( 0\% \)).

Importes altos

3. Entre 3/4 del SMI y el SMI (\( 810 - 1.080 \, €\))**:

  • Reducir un -5%.

4.- Entre el SMI y 1.25x del SMI (\( 1.080 - 1.350 \, €\))**:

  • Reducir un -10%.

5.- Entre 1.25x y 1.5x del SMI (\( 1.350 - 1.620 \, €\)):

  • Reducir un -15%.

6.- Entre 1.5x y 2x del SMI (\( 1.620 - 2.160 \, €\)):

  • Reducir un -20%.

7.- Entre 2x y 2.5x del SMI (\( 2.160 - 2.700 \, €\)):

  • Reducir un **-25%**.

8.- Más de 2.5x del SMI (\( >2.700 \, €\)):

  • Reducir un **-30%**.

Fórmulas ajustadas

Factor de ajuste (\( \Delta SMI \))

  • Menos de 540 €**: \( \Delta SMI = +0.10 \)
  • Entre 540 y 810 €**: \( \Delta SMI = 0 \)
  • Entre 810 y 1.080 €**: \( \Delta SMI = -0.05 \)
  • Entre 1.080 y 1.350 €**: \( \Delta SMI = -0.10 \)
  • Entre 1.350 y 1.620 €**: \( \Delta SMI = -0.15 \)
  • Entre 1.620 y 2.160 €**: \( \Delta SMI = -0.20 \)
  • Entre 2.160 y 2.700 €**: \( \Delta SMI = -0.25 \)
  • Más de 2.700 €**: \( \Delta SMI = -0.30 \)

El segundo factor independiente, que se aplica en último lugar, busca garantizar que el Cónyuge B (Pagador) conserve al menos el 66 % del SMI como dinero disponible tras pagar la pensión. Según las más básicas normas de gasto debe destinarse un tercio de los ingresos a vivienda, otro tercio a vivir y un tercer tercio al ahorro. Se entiende que el SMI es lo mínimo que debe cobrar una persona que trabaje y que con dos terceras parte de ese SMI debería poder vivir solo.

Sabemos que esto es un tanto idealista, pero como se ha dicho en la explicación de otros factores, la pensión ni debe hacer el papel del estado, ni puede convertirse en una renta básica universal, ni debe arruinar a uno de los cónyuges.

Cálculo del factor corrector para respetar el patrimonio del Pagador

Definición

  1. SMI en 2024 (12 pagas): \( \text{SMI} = 1.080 \, \text{€} \).
  2. 66% del SMI: \( \text{Mínimo disponible} = 0.66 \times \text{SMI} = 712.80 \, \text{€} \).
  3. Criterio: Los ingresos netos del Cónyuge B después de pagar la pensión no deben ser inferiores a \( 712.80 \, \text{€} \).

Fórmula del ajuste

1.- Ingresos disponibles del pagador tras la pensión:

\[
\text{Ingresos disponibles} = \text{Ingresos Cónyuge B} - \text{Importe final pensión}
\]

2.- Condición de ajuste:

  • Si \( \text{Ingresos disponibles} < \text{Mínimo disponible} \), entonces se ajusta la pensión para que:
    \[
    \text{Importe ajustado pensión} = \text{Ingresos Cónyuge B} - \text{Mínimo disponible}
    \]
  • Si \( \text{Ingresos disponibles} \geq \text{Mínimo disponible} \), no se realiza ajuste.