Divorcio express con hijos: diferencias frente al divorcio sin hijos

Aprende las diferencias entre un divorcio express con hijos y sin hijos: requisitos legales, trámites y cómo proteger el interés familiar.
Dos personas firman un convenio regulador de divorcio express con hijos, discutiendo la custodia y vivienda familiar.
Comparte:

El divorcio express es la vía más rápida para disolver un matrimonio de mutuo acuerdo en España. Sin embargo, la normativa distingue claramente entre los casos en los que existen hijos menores o dependientes y aquellos en los que no los hay. Esa diferencia afecta al procedimiento, al órgano competente y al contenido del convenio regulador. En esta guía analizamos de forma detallada qué cambia entre un divorcio express con hijos y sin hijos.

¿Qué es el divorcio express y qué normativa lo regula?

El divorcio express fue introducido por la Ley 15/2005, que reformó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se caracteriza por no exigir causa de divorcio, bastando con que hayan pasado tres meses desde el matrimonio.

El artículo 86 del Código Civil regula el divorcio por mutuo acuerdo, y el artículo 90 del Código Civil define el contenido del convenio regulador. Cuando no existen hijos menores ni personas con capacidad modificada judicialmente, el divorcio puede formalizarse ante notario según la Ley del Notariado y la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.

Divorcio express con hijos menores o dependientes

Cuando existen hijos menores de edad o mayores con la capacidad modificada judicialmente, el procedimiento se somete a un control más estricto, siempre bajo supervisión judicial.

Procedimiento judicial obligatorio

No es posible realizar un divorcio con hijos ante notario. En estos casos, la demanda debe presentarse en el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio familiar o del domicilio de cualquiera de los cónyuges. El proceso requiere abogado y procurador, y ambos cónyuges deberán ratificar el convenio regulador ante el juez.

Convenio regulador con medidas sobre los hijos

El convenio regulador debe incluir medidas específicas para proteger a los menores:

  • Guarda y custodia compartida o exclusiva, conforme al artículo 92 del Código Civil.
  • Régimen de visitas para el progenitor no custodio, de acuerdo con el artículo 94 del Código Civil.
  • Pensión de alimentos proporcional a los recursos de los padres y a las necesidades de los hijos (artículo 93 del Código Civil).
  • Uso de la vivienda familiar, conforme al artículo 96 del Código Civil, priorizando el interés de los menores.
  • Aspectos económicos entre cónyuges, como reparto de bienes o pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil.

Intervención del Ministerio Fiscal

La fiscalía debe revisar siempre el convenio cuando hay hijos menores. Su función es garantizar el interés superior del menor. Si detecta medidas perjudiciales o insuficientes, puede oponerse a la aprobación judicial, obligando a modificar el convenio.

Documentación económica y pruebas

Para justificar las medidas económicas, se recomienda aportar:

  • Nóminas y contratos laborales.
  • Declaraciones de IRPF.
  • Escrituras de vivienda o contratos de arrendamiento.
  • Justificantes de gastos de los hijos (educación, sanidad, actividades, etc.).

Una documentación completa facilita que el juez apruebe el convenio sin necesidad de vista.

Divorcio express sin hijos menores ni dependientes

En ausencia de hijos menores, el proceso es más flexible y puede tramitarse tanto en sede judicial como notarial.

Opción de divorcio ante notario

Los cónyuges pueden acudir a un notario del último domicilio conyugal o del domicilio de cualquiera de ellos. El notario autoriza la escritura de divorcio y la inscribe en el Registro Civil. Este procedimiento es más rápido y económico que el judicial.

Convenio regulador simplificado

Al no existir menores, el convenio es más breve y suele incluir:

  • Reparto de bienes y deudas comunes.
  • Liquidación del régimen económico matrimonial.
  • Pensión compensatoria, si procede, según el artículo 97 del Código Civil.

Plazos y costes orientativos

El divorcio notarial puede resolverse en pocos días, mientras que el judicial depende de la carga del juzgado. Además, al no haber hijos, suele bastar un único abogado para ambos cónyuges, lo que reduce significativamente el coste.

Diferencias clave entre divorcio con hijos y sin hijos

Vía procedimental

  • Con hijos → obligatorio en sede judicial.
  • Sin hijos → posibilidad de tramitarlo en notaría.

Intervención de terceros

  • Con hijos → participación del Ministerio Fiscal.
  • Sin hijos → no interviene la fiscalía.

Contenido del convenio

  • Con hijos → debe recoger medidas personales y económicas relativas a los menores.
  • Sin hijos → solo cuestiones patrimoniales y, en su caso, pensión compensatoria.

Duración y coste

  • Con hijos → proceso más largo y con mayor coste.
  • Sin hijos → procedimiento más rápido y económico.

Consejos prácticos para afrontar el divorcio express

  • Busca acuerdos estables: prioriza el bienestar de los hijos.
  • Reúne documentación: ingresos, deudas y gastos familiares.
  • Redacta un convenio claro: evitarás conflictos posteriores.
  • Valora la mediación como herramienta para facilitar acuerdos.
  • Cuenta con un abogado especializado en derecho de familia.

Conclusión

El divorcio express con hijos presenta más controles y exige un convenio regulador más detallado que el divorcio sin hijos. La intervención del juez y del Ministerio Fiscal garantiza que las medidas protejan el interés superior del menor, lo que hace que el proceso sea más largo y complejo.

En cambio, cuando no existen hijos menores ni dependientes, el divorcio puede tramitarse ante notario, con un procedimiento más ágil, menos costoso y con un convenio más sencillo.

Si buscas un abogado experto en divorcio express, nuestro despacho está a tu disposición para asesorarte y acompañarte en todo el proceso.

FAQ

¿Puedo tramitar un divorcio express con hijos ante notario?

No. Si hay hijos menores o dependientes, el divorcio debe tramitarse en el Juzgado de Primera Instancia y con intervención del Ministerio Fiscal.

Los progenitores la pactan en el convenio regulador y el juez la aprueba si es adecuada para el interés superior del menor, previo informe del Ministerio Fiscal.

Atendiendo a las necesidades de los hijos y a la capacidad económica de cada progenitor. Debe fijarse cuantía, forma de pago, gastos extraordinarios y un sistema de actualización objetiva.

DNI o NIE de ambos, certificado literal de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos, certificado de empadronamiento, convenio regulador firmado y documentación económica.

El procedimiento pasa a ser contencioso y será el juez quien decida tras la práctica de prueba y audiencia a las partes.

Artículos relacionados