La Sentencia STSJ M 12480/2024, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el 31 de octubre de 2024, resuelve un recurso de suplicación interpuesto por el trabajador D. Justiniano. El caso plantea una reclamación por extinción del contrato por voluntad del trabajador, fundamentada en presuntos incumplimientos empresariales relacionados con actitudes homófobas y un ambiente laboral hostil en el departamento de renta fija de la empresa JB Capital Markets Sociedad de Valores S.A.
La resolución del TSJ confirma la sentencia de instancia, desestimando el recurso de suplicación al no considerar probados los hechos denunciados. El tribunal aborda cuestiones como la protección de la dignidad e integridad del trabajador, la correcta actuación de la empresa en la investigación de los hechos y la ausencia de un incumplimiento grave que justificara la extinción contractual.
1. Introducción
La Sentencia STSJ M 12480/2024, emitida el 31 de octubre de 2024 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aborda un caso de extinción del contrato por voluntad del trabajador en el contexto de denuncias de discriminación laboral. El recurso, interpuesto por D. Justiniano contra la resolución del Juzgado de lo Social n.º 25 de Madrid, plantea la posible existencia de incumplimientos graves por parte de la empresa JB Capital Markets Sociedad de Valores S.A. en relación a actitudes homófobas y un ambiente laboral hostil.
El Tribunal Superior confirma la sentencia de instancia, desestimando el recurso al no considerar acreditados los hechos denunciados. Asimismo, evalúa la adecuación de los protocolos empresariales activados frente a las denuncias internas presentadas por el trabajador.
2. Antecedentes del caso
Relación laboral y contexto del conflicto
El trabajador, D. Justiniano, inició su relación laboral con la empresa en 2019 como director en el departamento de renta fija, con una retribución bruta anual de 90.000 euros. A partir de mediados de 2022, denunció la existencia de un ambiente laboral hostil, caracterizado por:
- Comentarios homófobos por parte de algunos compañeros de trabajo.
- Un clima generalizado de tensión y lenguaje malsonante dentro del departamento.
En respuesta a sus quejas, el trabajador envió un burofax a la empresa en julio de 2022, solicitando medidas correctivas y advirtiendo de su intención de extinguir el contrato si no se resolvía la situación.
Investigación interna de la empresa
Tras recibir el burofax, la empresa adoptó las siguientes medidas:
- Activación de los protocolos internos de prevención de acoso.
- Contratación de un despacho externo para realizar una investigación imparcial sobre los hechos denunciados.
- Suspensión temporal de dos empleados implicados en las denuncias, mientras se desarrollaba la investigación.
El informe elaborado concluyó que, si bien existía un uso generalizado de lenguaje vulgar en el departamento, no se acreditaron comentarios discriminatorios directos hacia el trabajador.
Procedimiento judicial
En su demanda, D. Justiniano solicitó la extinción del contrato por voluntad propia, basándose en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que regula los incumplimientos graves del empleador como causa justificativa de extinción contractual. Alegó que la empresa no había garantizado su dignidad e integridad moral en el lugar de trabajo.
El Juzgado de lo Social n.º 25 de Madrid desestimó la demanda, argumentando que la empresa había actuado de manera adecuada al investigar y gestionar las denuncias. En segunda instancia, el trabajador recurrió en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, cuestionando la valoración de las pruebas y la idoneidad de las medidas empresariales.
3. Fundamentos jurídicos de la sentencia
Requisitos para la extinción del contrato por incumplimiento empresarial
El Tribunal recuerda que, según el artículo 50 del ET, la extinción del contrato por voluntad del trabajador requiere acreditar un incumplimiento grave y culpable del empleador. Este incumplimiento debe afectar de manera sustancial las condiciones laborales y vulnerar derechos fundamentales, como la dignidad e integridad moral del trabajador.
Actuación de la empresa
El Tribunal analiza si la empresa cumplió con sus obligaciones legales y concluye que:
- La empresa respondió con celeridad al activar los protocolos internos y encargar una investigación externa.
- Las medidas adoptadas fueron proporcionales y razonables en función de las denuncias presentadas.
- No se identificó una conducta empresarial negligente ni un incumplimiento que justificara la extinción contractual.
Valoración de las pruebas
El Tribunal examina las pruebas aportadas por el trabajador, entre ellas grabaciones de conversaciones y testimonios de compañeros. Determina que:
- Las grabaciones eran parciales y no demostraban un acoso directo o una discriminación continuada hacia el trabajador.
- Los testimonios no corroboraron la existencia de un ambiente laboral hostil dirigido específicamente contra el demandante.
Dignidad e integridad del trabajador
El Tribunal reconoce la importancia de proteger la dignidad e integridad moral del trabajador, garantizadas constitucionalmente. Sin embargo, subraya que:
- La mera percepción subjetiva de un ambiente hostil no basta para justificar la extinción contractual.
- Debe demostrarse objetivamente que las condiciones laborales resultan lesivas para los derechos fundamentales del trabajador.
4. Fallo del Tribunal Superior de Justicia
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de suplicación y confirma la sentencia de instancia. En su fallo, dispone lo siguiente:
- Rechaza la extinción contractual solicitada por el trabajador al no concurrir un incumplimiento grave por parte de la empresa.
- Considera que las medidas adoptadas por la empresa fueron adecuadas y suficientes para garantizar un ambiente laboral respetuoso.
- Declara que las pruebas presentadas no acreditan los hechos denunciados de manera concluyente.
5. Consecuencias jurídicas y prácticas
Para el trabajador
- La sentencia refuerza la necesidad de presentar pruebas objetivas y concluyentes que demuestren un incumplimiento grave del empleador para justificar la extinción contractual.
- Subraya la importancia de agotar las vías internas de resolución de conflictos antes de recurrir a la vía judicial.
Para las empresas
- Se establece un criterio claro sobre la importancia de activar protocolos de actuación ante denuncias laborales, documentando cada paso para garantizar la imparcialidad.
- La contratación de investigaciones externas puede ser una herramienta eficaz para resolver conflictos y proteger a la empresa frente a reclamaciones judiciales.
Para el ámbito laboral
- El fallo reafirma la necesidad de garantizar un ambiente laboral respetuoso y libre de discriminación.
- Destaca el equilibrio entre la protección de los derechos del trabajador y la valoración de las actuaciones empresariales.
6. Conclusión
La Sentencia STSJ M 12480/2024 establece un precedente relevante en materia de extinción del contrato por voluntad del trabajador. Confirma que la activación de protocolos empresariales adecuados puede exonerar al empleador de responsabilidad, siempre que se actúe de manera proporcional y razonable. Asimismo, subraya la importancia de una correcta gestión de las denuncias internas para garantizar un entorno laboral respetuoso y prevenir litigios futuros.